Cómo dar de baja a una empleada de hogar interna en la Seguridad Social

En este artículo vamos a explicar paso a paso cómo dar de baja a una empleada de hogar interna en la seguridad social que está trabajando en tu casa.

El alta, el comienzo de la actividad laboral, la baja o cese y/o cualquier variación de los datos de la empleada de hogar tanto datos identificativos como datos laborales de la trabajadora, tenemos que comunicarlo a la Seguridad Social.

Solicitar la baja de una empleada de hogar en la Seguridad Social a través de Importass

Acceso a Import@ss (Portal de la Tesorería de la Seguridad Social)

 A través de la plataforma Importass podrás comunicar la baja de la empleada de hogar que está trabajando de una manera muy sencilla.

Para acceder a la plataforma tendrás que acceder a la página de la Tesorería General de la Seguridad Social

Una vez que accedemos tenemos que entrar en el enlace de “Altas, bajas y modificaciones”

En la siguiente página, como lo que queremos es dar de baja a la empleada de hogar, debemos ir a la sección de “Bajas y Modificaciones” y veremos el enlace de “Baja de empleo de hogar” donde tendremos que pulsar la flecha para empezar con el trámite.

Si por el contrario se pretende dar de alta a una empleada de hogar, en este otro artículo lo hemos explicado paso a paso cómo dar de alta a una empleada de hogar en la Seguridad Social a través de Importass

Solicitar Baja de la empleada de hogar

Una vez que hemos llegado a la página de Baja de empleo de hogar podremos comenzar el trámite de baja pulsando el enlace “Solicitar Baja”

Identificarse

Lo primero que tenemos que hacer es identificarnos. Para ello nos dan la opción de utilizar SMS, la Cl@ve permanente, la Cl@ve pin o el Certificado digital.

Para nuestro ejemplo hemos utilizado el acceso con Cl@ve Pin pero en este enlace te explican cómo acceder por los distintos métodos, ya sea a través Certificado Electronico, Cl@ave o Via SMS

Si pulsamos Cl@ve PIN nos pedirá nuestro DNI y la fecha de validadez:

Cumplimentamos nuestros datos y cuando demos a “Continue” nos podremos solicitar la Clave PIN que nos enviaran al móvil y podremos introducir

Cuando lo solicitamos nos enviaran una clave al móvil que tenemos que indicar en la casilla donde pone “PIN”. La casilla “Código” la rellena la plataforma automáticamente.

Una vez que damos a aceptar ya estamos dentro de la plataforma y podremos realizar la baja de la empleada de hogar.

Cumplimentar fecha y causa de la baja de la empleada de hogar

Aquí tendremos que cumplimentar todos los datos que nos piden en dos pasos.

En la primera pantalla, el primer paso, automáticamente nos indica la persona que tenemos contratada con su número de identificación personal y tendremos que cumplimentar la fecha que se va a producir la baja, la causa y los días de vacaciones que le quedan por disfrutar a la empleada de hogar.

Indicamos la Fecha de fin de la actividad:

Indicamos la Causa de la baja seleccionando una opción de la lista que nos aparece:

E indicamos los días de vacaciones que le quedan por disfrutar a la empleada de hogar:

Una vez cumplimentados, damos a “Continuar” y accedemos al segundo paso donde indica un resumen de los datos cumplimentados previamente y que tenemos que confirmar:

Antes de finalizar, tenemos que leer la declaración responsable y seguidamente seleccionar que la hemos leído y estamos conformes con ella:

Seguidamente pulsamos “Firmar y Confirmar” y ya hemos acabado. Se habrá tramitado la baja para el día que hemos seleccionado previamente y podremos descargarnos el justificante de la solicitud:

Plazos para dar de baja a una empleada de hogar 

Podemos tramitar la baja con una antelación maxíma de 60 días antes de la fecha de finalización de la actividad laboral y hasta 3 días naturales después de la fecha que hemos indicado como último día de trabajo.

Si, por cualquier motivo, han pasado más de 3 días desde la fecha de finalización y no se ha tramitado la baja en empleo de hogar, tenemos hasta 30 días después para solicitarla pero se considerará que la fecha fin de la actividad laboral será la fecha de la solicitud. Si después de esos 30 días de margen, todavía no has solicitado el plazo, ya no podremos realizar la baja a través de Import@ss y solo podremos solicitarla a través de la solicitud de atención.